A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Nicolas Segura Barrera·Respondent Alcaldia De Rionegro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 81 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Rionegro (Antioquia).
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se basó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se originó y tuvo sus efectos la presunta vulneración de los derechos fundamentales de la parte accionante.
Teniendo en cuenta que los dos despachos tienen competencia para dar trámite a la solicitud de amparo, la Corte dio prevalencia a la elección que el actor hizo a prevención y dispuso remitir el expediente al el Juzgado 81 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá, para que de manera inmediata adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro despacho le advirtió que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 6 de diciembre de 2020, proferido por el Juzgado 81 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Bogota, en el marco del tramite de la accion de tutela que formulo Nicolas Segura Barrera contra la Alcaldia de Rionegro (Antioquia), la Subsecretaria de Movilidad, Transito y Transporte del mismo municipio y el Inspector de Transito de La Mesa 3.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3939 al Juzgado 81 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Bogota para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Rionegro (Antioquia) que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
- Cuarto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Rionegro (Antioquia).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.